Después de un septiembre cargado de celebraciones, llegó el momento de octubre, el décimo mes del año que trae el pago de importantes beneficios para las familias del país.
En las próximas cuatro semanas y media, el Estado realizará la entrega o transferencia de distintos bonos y subsidios para trabajadores y trabajadoras, matrimonios, familias, adultos mayores y pensionados, dueñas de casa, entre otros grupos.
A diferencia de los últimos meses, octubre será especial por tres motivos. No habrá pago del Bolsillo Familiar Electrónico; hay un bono que otorgará más dinero tras reajustarse por IPC; y comienza la fase final para cobrar una importante ayuda monetaria de principios de año.
¿Cuáles son los bonos que se pagan en octubre?
Aporte Familiar Permanente
Si bien no es un bono que se paga precisamente en octubre, sus beneficiarios aún están a tiempo de cobrar el Aporte Familiar Permanente.
Conocido como Bono Marzo, la bonificación establece nueve meses —siendo octubre el penúltimo para muchos— para que sus destinatarios lo cobren, plazo que está dirigido a las personas que lo retiran presencialmente en sucursales de BancoEstado o de la Caja de Compensación Los Héroes, ya que al resto se le depositó en su cuenta bancaria.
Según el tipo de beneficiario, las últimas fechas para cobrar la bonificación son las siguientes:
- La primera nómina de beneficiarios puede cobrar el dinero hasta el 15 de noviembre.
- La segunda, hasta el 1 de diciembre.
- La tercera, hasta el 15 de diciembre.
Pensión Garantizada Universal
La Pensión Garantizada Universal (PGU) se otorga a los adultos mayores de 65 años, independiente de si están pensionados o no. Consiste en un pago mensual de hasta $214.296, ya que varía según la pensión base que reciba la persona.
Este aporte va destinado a quienes reúnan las siguientes condiciones:
- No integren el 10% más rico de la población (este cálculo considera datos del Registro Social de Hogares (RSH) e información relacionada con los ingresos y necesidades de los postulantes).
- Tengan una pensión base menor a $1.158.355, determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de PGU.
- Acrediten residencia en territorio chileno en los siguientes casos:
- Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que cumpliste 20 años de edad.
- Un período no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud del beneficio.
Las personas que cumplan estos requisitos pueden solicitar la PGU en oficinas de ChileAtiende o a través de su sitio web, ingresando a esta plataforma (clic aquí). La solicitud pueden efectuarla desde que tienen 64 años y 9 meses de edad.
Bono al Trabajo de la Mujer
El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) continuará con su modalidad mensual en octubre para sus actuales beneficiarias: mujeres trabajadoras que reúnan las condiciones.
Para el décimo mes del año, el pago está calendarizado para el miércoles 30 de octubre y su monto (de hasta $42.377) corresponderá según la remuneración que recibió la beneficiaria en julio de este año.
Una de las grandes ventajas del BTM es que sus postulaciones están abiertas todo el año, en cualquier fecha y hora, a través de una página web del Sence. Para solicitarlo, la usuaria debe acceder a esta plataforma, pinchar en «Tu perfil» e ingresar con su RUT y Clave Única.
Subsidio Único Familiar
El Subsidio Único Familiar Tradicional (SUF) se entrega a quienes sean parte del 60% de la población más vulnerable del país, según el RSH, y no puedan proveer por sí solos (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación.
Mensualmente, otorga $21.243 por carga familiar a los hogares y $42.486 en caso de que el causante tenga discapacidad.
Subsidio Familiar Automático
El Subsidio Familiar Automático es relativamente similar al SUF Tradicional, pero la diferencia está en que se otorga automáticamente a los hogares pertenecientes al 40% más vulnerable de la población, según el RSH.
Su pago mensual también es de $21.243 por carga familiar y aumenta a $42.486 por cada carga familiar que tenga una discapacidad debidamente acreditada.
Asignación Familiar
Además de los pensionados y los afiliados al sistema de AFP, la Asignación Familiar también beneficia a los trabajadores dependientes e independientes, a través de la entrega de un pago que es por carga familiar y cuya cifra varía, dependiendo del sueldo que reciba.
En el caso de los trabajadores dependientes, el dinero es otorgado por el empleador y está incluido en su sueldo, por lo que muchos empleados contratados recibieron el aporte durante las primeras horas de este miércoles.
En el caso de los independientes que emiten boletas de honorarios, ellos lo obtienen mediante la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas. Por ejemplo, si la declaración de cargas se hizo en 2023, en la Operación Renta 2024 les correspondía recibir el respectivo pago.
Asignación Maternal
La Asignación Maternal es similar a la Familiar, pero está enfocada en las trabajadoras embarazadas y los trabajadores cuyas cónyuges sean sus cargas y estén embarazadas.
Se paga cuando se «comprueba que (la trabajadora o cónyuge de un empleado) tiene cinco meses o más de embarazo«, otorgándose por todo el período de gestación, según explica la Superintendencia de Seguridad Social.
Por su parte, el Instituto de Previsión Social señala que la Asignación Maternal también se paga junto al sueldo para los dependientes; y a los independientes con boleta de honorarios, el pago es anual por cada causante del beneficio reconocido al 31 de diciembre de 2023.
Los montos de la Asignación Maternal y de la Asignación Familiar corresponden a:
- $21.243 por carga para quienes tengan un sueldo mensual que no supere los $586.227.
- $13.036 por carga para quienes tengan un sueldo mensual entre los $586.228 y los $856.247.
- $4.119 por carga para quienes tengan un sueldo mensual entre los $856.248 y $1.335.450.
- Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo sueldo mensual sea superior a $1.335.450, no tendrán derecho a recibir la Asignación Familiar.
Subsidio al Empleo Joven
El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) está dirigido a las y los trabajadores de 18 a 24 años, que se desempeñen de manera dependiente o independiente y que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población, según el RSH.
Las postulaciones se pueden realizar durante todo el año a través de Internet. Su pago mensual está programado para el lunes 30 de septiembre y se entregará según haya escogido el beneficiario al postular, es decir, a través de depósito en Cuenta RUT o cuenta bancaria; o pagos en efectivo en sucursales de BancoEstado.
Al igual que el BTM, el SEJ también efectuó su pago anual a fines de agosto.
Bono por Hijo
Las mujeres de 65 años que se pensionen y sean madres biológicas o adoptivas, pueden obtener el Bono por Hijo.
El monto a recibir por concepto del beneficio comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo, y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, considerando el mes en que nació el niño, y de $165 mil para los nacidos antes del 1 de julio de 2009.
Bono de Protección
El Bono de Protección, también conocido como Bono Dueña de Casa, es un aporte mensual que se paga por un periodo de 24 meses, es decir, dos años, a las familias y personas usuarias de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades.
Para acceder al Bono de Protección se debe cumplir únicamente con un requisito y no es necesario postular.
Este requisito es que la familia haya aceptado la invitación a participar en uno de los programas del Sistema Chile Seguridades y Oportunidades (ya sea el de Familias, Abriendo Caminos, Calle o el de Vínculos).
El bono que se reajustó en octubre
A partir del 1 de octubre y por los próximos 365 días, el Bono Bodas de Oro entregará una mayor cantidad de dinero tras la aplicación de un reajuste por IPC.
El beneficio —que antes entregaba $425.360, dividiéndose en $212.680 para el marido y la esposa— entregará por una única vez un monto equivalente a $445.352, así que cada cónyuge recibirá $222.676.
Como su nombre lo sugiere, a la bonificación pueden acceder las parejas que cumplan 50 años de casado, pudiéndolo cobrar dentro del primer año desde la fecha de aniversario.
Otros requisitos que debe cumplir la pareja son estar inscrita en el Registro Social de Hogares, convivir en el mismo hogar, no estar separada ni divorciada, entre otros.
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