Subsidio DS49: Requisitos y detalles del Fondo Solidario de Elección de Vivienda

El Subsidio DS49, también conocido como Fondo Solidario de Elección de Vivienda, es uno de los beneficios habitacionales más destacados del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu). Este subsidio permite a las familias acceder a una casa propia sin necesidad de contratar un crédito hipotecario, ya sea para comprar una vivienda ya construida o para construir una nueva.

Usos del Subsidio DS49

  • Compra de vivienda: Adquisición de una casa ya construida, cuyo valor máximo es de 950 UF (aproximadamente $36,5 millones).
  • Construcción de vivienda: Construcción de una vivienda en sitio propio, en terrenos colectivos o mediante otras modalidades.

Requisitos para postular al Subsidio DS49

El Minvu entrega este beneficio a familias que no son dueñas de una propiedad y que están en situación de vulnerabilidad social y habitacional. Los requisitos principales son:

  1. Edad mínima: Tener al menos 18 años.
  2. Documento de identidad:
    • Chilenos: Cédula de identidad.
    • Extranjeros: Carnet para extranjeros con permanencia definitiva y certificado correspondiente emitido por Extranjería o PDI.
  3. Ahorro mínimo:
    • Contar con una cuenta de ahorro para la vivienda con al menos 10 UF (aproximadamente $384.000) depositadas antes del último día hábil del mes previo a la postulación.
  4. Registro Social de Hogares (RSH):
    • Estar inscrito en el RSH y pertenecer al 40% más vulnerable de la población.
  5. Acreditar un grupo familiar en el RSH:
    • No se aceptan postulaciones individuales, salvo excepciones como:
      • Adultos mayores.
      • Viudos/as.
      • Personas con discapacidad (acreditada por COMPIN).
      • Personas indígenas.
      • Reconocidos en el Informe Valech.

Modalidades del Subsidio DS49

El DS49 se divide en cuatro alternativas según el tipo de proyecto:

  1. Construcción en nuevos terrenos (colectiva): Proyectos habitacionales entre 10 y 160 viviendas.
  2. Pequeño condominio (colectiva): Proyectos habitacionales entre 2 y 9 viviendas.
  3. Construcción en sitio propio (individual o colectiva): Viviendas construidas en un terreno que pertenece al postulante.
  4. Densificación predial (individual o colectiva): Construcción de una o más viviendas en terrenos donde ya existen propiedades habitacionales.

Montos del Subsidio DS49

El subsidio incluye un aporte base de 314 UF (aproximadamente $12 millones), que puede incrementarse según factores como:

  • Ubicación geográfica.
  • Tipo de proyecto.
  • Densificación del terreno.

El beneficio puede complementarse con:

  • El ahorro mínimo.
  • Un crédito hipotecario, si el beneficiario lo desea.

Fechas de postulación

El Minvu aún no ha informado las fechas de postulación del Subsidio DS49 2025, pero se espera que el anuncio se realice próximamente. Se recomienda a las familias interesadas estar atentas a los canales oficiales del Minvu para no perder la oportunidad de postular.

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