SQM contesta a Tianqi en la justicia: señala que sus acusaciones son «infundadas» y defiende acuerdo con Codelco

La minera no metálica sostiene que sus accionistas chinos han tratado de instalar que la compañía está enajenando un activo fundamental, cuando en realidad está extendiendo la posibilidad de operar en el salar de Atacama.

Fue en julio que Inversiones TLC, sociedad de la china Tianqi Lithium -que detenta el 21,9% de la propiedad de SQM- acudió a la Corte de Apelaciones de Santiago con el objetivo de anular el dictamen emitido por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que determinó que no era necesario realizar una junta de accionistas para aprobar el acuerdo entre Codelco y la minera no metálica.

Dicho acuerdo implica extender hasta el año 2060 la explotación del salar de Atacama por parte de SQM, pero con la cuprífera estatal como titular del 50% más una de las acciones de una sociedad conjunta. Tianqi había reclamado que el acuerdo no respetó los derechos de los accionistas minoritarios ni los estándares de transparencia necesarios.

Luego de que la compañía china acudió a la justicia, SQM se hizo parte del proceso y, este 21 de septiembre, contestó al recurso.

En un escrito de 28 páginas patrocinado por el socio de Claro y Cía, Nicolás Luco, la minera acusó que Tianqi «alega erradamente que la asociación implica la ‘enajenación’ de un activo fundamental en favor de Codelco. Es decir, allí donde la asociación implica la adquisición de un activo fundamental para SQM Salar (que le permite extender su proyecto de litio más allá del 2030), Tianqi ha pretendido convencernos de que, en realidad, se trata de la enajenación del activo de SQM Salar.» 

Así, argumentó que, en lo sustancial, SQM no se desprende de su negocio del litio, sino que, por el contrario, recibe en aporte los contratos con Corfo que le permitirán extender esas operaciones más allá de 2030.

Los argumentos del escrito

SQM planteó que la Ley sobre Sociedades Anónimas (LSA) implica someter a junta de accionistas solo las enajenaciones mediante las cuales la sociedad se desprende de parte sustancial de su patrimonio y que fue la propia CMF, el 29 de febrero, la que indicó que la asociación con Codelco no calificaba en esa categoría, por lo que quedaba a criterio del directorio de la empresa.

En esa línea, recordó que la mesa de SQM aprobó unánimemente el acuerdo de asociación y que la CMF ya había rechazado «las infundadas acusaciones» de Tianqi acerca de que se les había ocultado información relevante.

Junto con su escrito, la minera chilena acompañó cinco informes en derecho -que ya había presentado ante la CMF- efectuados, respectivamente, por los abogados Cristián Herrera, socio de Cariola Díez Pérez-Cotapos; Enrique Alcalde, socio de Marinovic & Alcalde; Francisco Pfeffer Urquiaga, socio de Pfeffer & Asociados; Juan Esteban Puga, socio de Puga Ortiz;  y Armando Massarente Silva, exfiscal de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), institución antecesora de la propia CMF.

Por otro lado, también afirmó que la «tesis del ocultamiento por parte del directorio es falsa e inaceptable» y que la compañía «entregó a la CMF, sus accionistas, y al público en general toda la información relevante que permitía conocer los elementos principales de la transacción que se negoció inicialmente, que se plasmó en un memorándum de entendimiento, que se puso a disposición y analizó junto con los accionistas en dos juntas y que se terminó materializando en un acuerdo de asociación que también se puso a disposición de los accionistas y del público en general».

Con todo lo anterior, SQM insistió en que «no cabe ninguna duda que, al fusionar Minera Tarar SpA (filial de Codelco implicada en el acuerdo) con SQM Salar y canjear sus acciones ordinarias por acciones Serie B, SQM no está enajenando o transfiriendo el dominio de sus acciones a nadie», con lo que solicitó a la Corte rechazar el recurso de Tianqi.

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