La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha multado a la compañía COPEC, titular del «Terminal Marítimo de Quintero COPEC», por incumplimientos al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica. La multa asciende a más de $224 millones.
Detalles de la sanción
La SMA constató una serie de incumplimientos ambientales por parte de COPEC en su terminal de productos importados ubicado en Quintero, Región de Valparaíso. El proyecto consiste en la recepción, almacenamiento y despacho de combustibles importados.
- COPEC fue multada con más de $224 millones (277,4 UTA).
- La sanción se basa en el incumplimiento del Plan Operacional asociado al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica.
- Se formularon tres cargos en contra de la empresa.
Detalles de los cargos
El primer cargo se imputó por no reducir los flujos de descarga y transferencias en días con malas condiciones de ventilación.
- Fecha de los incumplimientos: 31 de enero; 19 y 25 de febrero; 17 de marzo; 10, 11 y 22 de abril; 3 de mayo; 3, 19 y 20 de julio; 1, 2 y 6 de agosto; 29 de septiembre; 8, 9, 23 y 24 de octubre; 24 y 25 de noviembre; y 27 y 28 de diciembre.
El segundo cargo se levantó por no remitir el programa de mantención y operación de los sistemas de sellos primarios y secundarios para los estanques de techo flotante que almacenan gasolina.
El tercer cargo se formuló por no cumplir con las medidas provisionales decretadas por la SMA.
Detalles del tercer cargo
- Operaciones del Terminal de Productos Importados:
- No se redujo el flujo en la descarga de productos combustibles durante condiciones de mala ventilación y regular ventilación en los días especificados.
- No se redujo el flujo en el despacho de productos combustibles desde estanque por oleoducto durante condiciones de regular ventilación.
- Operaciones de la Planta de Lubricantes:
- No se redujo el flujo en la descarga de aceite básico durante condiciones de mala ventilación.
- No se redujo el flujo en la carga a granel en camiones de aceites básicos y productos terminados durante condiciones de regular ventilación.
La multa deberá pagarse en un plazo de diez días hábiles a partir de la notificación de la sanción, según lo estipulado en la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente.
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