Hasta el viernes 10 de mayo se extendió el plazo para realizar la declaración de renta ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Los primeros pagos de las respectivas devoluciones ya empezaron a realizarse. De hecho, estas dependen de la fecha en que se haya realizado el trámite.
Por ejemplo, primera devolución de impuestos, pensada en aquellas personas que hayan declarado su renta entre el 1 y 8 de abril, fue el pasado viernes 26 de abril.
¿Quiénes reciben la segunda devolución de impuestos?
La segunda devolución está fechada para el martes 14 de mayo, y está dirigida a aquellos contribuyentes que hayan hecho su declaración entre el 9 y 19 de abril.
Cabe mencionar que esta devolución es según el método de pago utilizado para la operación renta. Ante esto, aquellos que realizaron su declaración mediante cheque, recibirán su dinero el jueves 30 de mayo, esto sin importar la fecha en que hayan hecho el trámite.
¿Cuál es el calendario de devolución de impuestos?
Habrá al menos otros tres periodos para poder realizar la declaración de impuestos, por tanto, tres fechas diferentes para recibir la devolución del dinero.
Por tanto, el calendario queda de la siguiente manera, si realizas la operación renta:
- Entre el 1 y 8 de abril, recibirás la devolución el 26 de abril.
- Entre el 9 y 19 de abril, recibirás el dinero el 14 de mayo.
- Entre el 20 y 26 de abril, recibirás el monto el 20 de mayo.
- Entre el 27 de abril al 10 de mayo, la devolución será el 28 de mayo.
Hoy vence el plazo para Declarar y recibir ANTICIPADAMENTE tu devolución de impuestos. Recuerda que si NO tienes que pagar impuestos puedes declarar hasta el 10 de mayo. En caso contrario, el plazo máximo es el 30 de abril. Más info en https://t.co/5PDZieBGPt pic.twitter.com/vnqwZ7AYZs— SII (@SII_Chile) April 8, 2024
¿Qué pasa si no hice la declaración de renta en el plazo legal?
En caso de no haber llevado a cabo el trámite en el plazo legal, se arriesga a:
- Ser citado a las unidades del Servicio de Impuestos Internos (SII).
- Presentará en los registros del SII la anotación tributaria, No declarante F22, la cual le impedirá realizar algunos trámites importantes con el Servicio.
- Generará multas e intereses a su declaración.
¿Cómo regularizar la situación?
El SII explica que para regularizar la situación, el contribuyente debe presentar una declaración anual de impuesto a la renta por medio de Internet.
Por otra parte, en caso de que la información de la declaración no cuadre con la del SII, la persona debe acudir a la unidad de la mencionada institución en la fecha señalada en la carta operación renta.
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