El Seguro de Cesantía reúne los fondos que un trabajador afiliado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) ha acumulado durante su vida laboral en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Cada empleado puede acudir a este dinero en caso de quedar cesante, ya sea por causas voluntarias o involuntarias.
Así, cuando queda sin trabajo, puede apoyarse económicamente al efectuar el cobro del seguro mientras está en la búsqueda de una nueva fuente laboral.
La gran ventaja es que, si bien es requisito tenerlo para efectuar el cobro, el finiquito puede ser reemplazado por otros documentos para ejercer el trámite en la AFC.
¿Cuánto dinero tengo ahorrado en la AFC?
Para saber el monto acumulado en el Seguro de Cesantía, los afiliados deben seguir los siguientes pasos:
- Entrar a la sucursal virtual de la AFC (ingresa aquí).
- Iniciar sesión con RUT y Clave Única o contraseña de AFC.
Al ingresar, automáticamente aparecerá un recuadro en el que se mostrará el saldo total que se tiene en la Cuenta Individual de Cesantía y también se podrá simular o ejecutar el cobro del seguro.
¿En qué casos puedo hacer el retiro total de fondos en la CIC?
Según explica ChileAtiende, se puede solicitar el retiro total de los fondos de AFC exclusivamente en dos situaciones especiales:
- Si es que el afiliado a la AFC se encuentra pensionado.
- Cuando el afiliado de la AFC fallece.
Para cada uno de estos dos casos, la AFC entrega las siguientes opciones para efectuar el retiro total:
Si el afiliado es pensionado, entonces puede:
- Retirar en un solo giro todos sus fondos, sin pagar impuestos.
- Traspasar una parte o la totalidad de los fondos a su cuenta de capitalización individual de AFP, de modo que esos recursos se sumen al pago de su pensión.
En caso de que el usuario se pensione por invalidez parcial, «el procedimiento no puede ser realizado», señala ChileAtiende.
Si el afiliado fallece, entonces:
Todo el dinero acumulado en su CIC será otorgado a los beneficiarios que él designó en vida (no necesariamente deben ser sus familiares) o a los herederos que corresponda. El retiro del dinero se puede ejercer en un solo giro.
Un aspecto importante a considerar es que los fondos se pagarán en los porcentajes que el afiliado fallecido haya determinado.
Si no hay una expresión de voluntad respecto de la designación de estos porcentajes, se pagará distribuyendo el saldo total acumulado en partes iguales.
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