¿Qué pasa si no recibí el Bono Invierno Extraordinario y sí cumplo los requisitos?

Esta semana, el Instituto de Previsión Social (IPS) comenzó a entregar el nuevo Bono Invierno 2023. Sin embargo, algunas personas que cumplen con los requisitos aún no han recibido el dinero. Veamos por qué puede ocurrir esto.

¿Por qué aún no he recibido el nuevo Bono Invierno si cumplo con los requisitos?

Si cumples con los requisitos y aún no has recibido el Bono Invierno, debes tener en cuenta que el pago no se realiza de forma simultánea para todos los beneficiarios. Según información del IPS, el 70% de los beneficiarios recibirán el Bono Invierno extra en junio, mientras que el resto de los pagos se realizará en julio. De manera excepcional, en agosto se realizará el pago a un grupo reducido de personas que se encuentran en rutas rurales o tienen cuentas en el extranjero.

Si aún no has recibido los $60.000 de este bono, te recomendamos esperar un poco más para que te realicen el pago correspondiente. No obstante, también puedes consultar en línea la fecha estimada de pago.

Consulta la fecha de pago del Bono Invierno duplicado

Si deseas conocer la fecha exacta en que recibirás el Bono Invierno extraordinario, puedes realizar una consulta gratuita en ChileAtiende utilizando tu RUT. Puedes acceder al enlace AQUÍ y verificar el día en que se te entregará el dinero.

Además, en esta misma plataforma podrás conocer la modalidad de pago, que puede ser a través de depósito bancario en la misma cuenta donde recibes tu pensión, o bien de forma presencial en el lugar donde cobras mensualmente tu jubilación.

¿Cómo saber si recibiré el pago extra del Bono Invierno?

Si deseas verificar si eres beneficiario del nuevo Bono Invierno 2023, puedes ingresar al enlace y hacer clic en «Revisa si te corresponde». Luego, deberás ingresar tu RUT y fecha de nacimiento para obtener esta información.

¿Cuáles son los requisitos para obtener el Bono Invierno extraordinario y cómo apelar?

El nuevo Bono Invierno será entregado a las mismas personas que recibieron el beneficio en mayo. Esto incluye a los pensionados de 65 años o más que cumplan con alguno de los siguientes requisitos:

  • Recibir una pensión igual o inferior a $201.677 (correspondiente al valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años) y ser parte de alguna de las siguientes instituciones:
    • Instituto de Previsión Social
    • Instituto de Seguridad Laboral
    • Cajas de previsión
    • Mutualidades de empleadores
  • Pertenecer al Sistema de Pensiones de Vejez (1980) y estar percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Ser parte del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) y recibir un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) con una pensión igual o inferior a $201.677.
  • Recibir la Pensión Garantizada Universal (PGU) y no tener derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Ser pensionado de algún régimen previsional, recibir la Pensión Garantizada Universal (PGU) y tener pensiones de un monto igual o inferior a $201.677.

Si perteneces a alguno de estos grupos y no has recibido el beneficio, te recomendamos contactar a la entidad pagadora correspondiente y registrar un requerimiento.

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