Perú reduce a 60 días los trámites de evaluación de los planes de Cierre de Minas
Modificaciones en el reglamento para agilizar los procedimientos
El Ministerio de Energía y Minas de Perú ha realizado modificaciones en el reglamento para el Cierre de Minas, con el objetivo de agilizar los procedimientos. Una de las principales modificaciones es la reducción del plazo de evaluación de los planes de 160 a 60 días hábiles. Además, se establece un solo procedimiento para los nuevos planes, modificaciones y actualizaciones, con excepción de la publicación y difusión de anuncios.
Modificaciones en el artículo referido al Plan Ambiental Detallado
El Decreto Supremo N.° 014-2024-EM modifica el artículo 71 del reglamento, que se refiere al Plan Ambiental Detallado. Esta modificación busca mejorar los procesos relacionados con la gestión ambiental en las actividades mineras.
Identificación de componentes sin instrumentos de gestión ambiental
Según la información proporcionada por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), se han detectado 651 componentes implementados sin contar con los permisos correspondientes en 67 unidades mineras. Estos componentes se dividen en 321 principales y 330 auxiliares.
Nueva norma para componentes ejecutados sin permisos
La nueva norma establece que la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) del MINEM evaluará los componentes ejecutados sin permisos y, si se determina que son ambiental y técnicamente viables, podrán obtener sus permisos. Esto busca evitar sanciones y paralizaciones por parte de la OEFA. El titular de la mina tiene un plazo de 90 días hábiles para comunicar a las autoridades los componentes ejecutados sin permisos.
Plazos para la presentación de solicitudes y modificaciones
El titular minero tiene un plazo de 180 días hábiles para presentar la solicitud de aprobación del Plan Ambiental Detallado (PAD). Además, aquellos estudios ambientales antiguos que no detallan específicamente las características de los componentes auxiliares pueden incluirlos en la modificación o actualización de su estudio ambiental. Sin embargo, los componentes o modificaciones que se encuentren en trámite ante la DGAAM no están sujetos a esta adecuación.
En resumen, estas modificaciones en el reglamento peruano para el Cierre de Minas buscan agilizar los procedimientos y mejorar la gestión ambiental en las actividades mineras. Además, se busca regularizar y evaluar los componentes ejecutados sin permisos, siempre y cuando sean viables desde el punto de vista ambiental y técnico. Esto permitirá que las empresas mineras puedan obtener los permisos correspondientes y evitar posibles sanciones.
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