Pensión Garantizada Universal: revisa cuándo se vuelve a reajustar

No tienen derecho a recibir los pagos de la PGU los adultos mayores que sean afiliados o pensionados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros (Dipreca).

Los adultos mayores de 65 años pueden acceder a los pagos de la Pensión Garantizada Universal (PGU), el beneficio que sustituyó a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) y al Aporte Previsional Solidario de Vejez (Pilar Solidario).

La PGU está disponible para quienes no tienen derecho a una pensión en ningún régimen previsional, así como para aquellos que continúen trabajando o sean beneficiarios de una pensión de AFP o de las ex cajas de previsión social, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

En cambio, no tienen derecho a recibir los pagos de la PGU los adultos mayores que sean afiliados o pensionados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros (Dipreca).

Cuándo se reajusta el monto de la PGU

La Pensión Garantizada Universal (PGU), administrada por el Instituto de Previsión Social (IPS), otorga actualmente un monto de hasta $214.296 mensuales a sus beneficiarios.

El monto de la Pensión Garantizada Universal (PGU) se ajusta automáticamente el 1 de febrero de cada año, en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

En consecuencia, a partir de febrero de 2025, la Pensión Garantizada Universal contará con un nuevo monto ajustado.

Cómo solicitar la PGU

Para solicitar la PGU es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener 64 años y 9 meses o más de edad al momento de postular.
  • Estar en un grupo familiar que no integre el 10% más rico de la población, lo que se acredita mediante el Puntaje de Focalización Previsional, que considera algunos datos del Registro Social de Hogares (RSH), además de información relacionada con los ingresos y necesidades de la familia.
  • Tener una pensión base menor a $1.158.355, conformada por la suma de la Pensión Autofinanciada (PAFE), que calcula la AFP, junto a las demás pensiones que recibes.
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:
  1. Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
  2. Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la PGU.

Quienes cumplan con las condiciones deben ingresar al Sistema Integrado de Beneficios Solidarios de ChileAtiende (haz clic aquí), donde deberán ingresar su RUT y fecha de nacimiento para verificar si califican para el aporte.

Si cumplen con los requisitos, el sitio proporcionará los pasos a seguir para solicitar la PGU. También es posible realizar la solicitud de manera presencial en una sucursal de ChileAtiende (encuentra las ubicaciones aquí).

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