La alianza Codelco-SQM llegó al análisis de la FNE hace más de un mes

Las partes cumplieron con el plazo pactado el 31 de mayo, cuando firmaron el acuerdo de asociación y se dieron 40 días hábiles para ir a la Fiscalía Nacional Económica. El 30 de julio ingresaron una notificación de operación de concentración. También deberán someter la alianza a otras siete jurisdicciones: Arabia Saudita, Brasil, China, Corea, Taiwán, Japón y la Comisión Europea. El plazo para ello es a fines de septiembre.

Comenzó a ser negociada en mayo de 2023, el primer acuerdo, vía memorándum de entendimiento, se logró en diciembre pasado y el acuerdo final se firmó el último día de mayo de 2024. Pero restan varios pasos para que la alianza entre Codelco y SQM para asociarse en el negocio del litio en el salar de Atacama se materialice.

Uno de esos pasos ya se comenzó a transitar hace más de un mes: el martes 30 de julio, ambas empresas ingresaron una consulta por la operación de concentración entre ambas. Asesoradas por dos grandes estudios de abogados locales, Carey por Codelco y Claro y Cia. por SQM, las dos empresas comenzaron a tramitar reservadamente la consulta que deberá analizar los efectos competitivos de la integración.

El pronunciamiento de los organismos anticompetitivos es una de las condiciones pactadas para la asociación, según los documentos suscritos en mayo. De hecho, cumplieron con los plazos ahí indicados: el documento suscrito el 31 de mayo establecía que presentarían ante la FNE una notificación de operación de concentración dentro de los cuarenta días hábiles siguientes a la fecha del acuerdo. Y ese plazo terminó el 30 de julio.

La alianza estableció que no solo la Fiscalía Nacional Económica chilena deberá pronunciarse. Las partes mencionaron al menos otras siete jurisdicciones en las cuales deberán conseguir la autorización de libre competencia. Codelco y SQM se pusieron plazos para ello: otros 40 días hábiles a partir de la fecha tope para ingresar a la FNE, el 30 de julio.

Con ello, el plazo final para iniciar esas tramitación vence a fines de septiembre, tiempo que probablemente las empresas empleen para preparar cada documento. La lista es extensa: deben someter la alianza al juicio de la Autoridad General para la competencia del Reino de Arabia Saudita; el Consejo Administrativo de Defensa Económica de Brasil; la Administración Estatal de Regulación de Mercado de la República Popular China; la Comisión de Comercio Justo de Corea; la Comisión Europea; la Comisión de Comercio Justo de Taiwán y la Comisión de Comercio Justo de Japón.

No solo eso: la alianza también debe obtener las autorizaciones respectivas de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, Cchen, que permite la extracción y producción de litio de los salares chilenos. Aquello también ya se comenzó a gestionar.

Pero además de todo ello, la alianza aún debe sortear la oposición de Tianqi, grupo chino dueño del 22% de SQM que ha intentado frenar en tribunales, por ahora sin éxito, la materialización del acuerdo.La alianza Codelco-SQM llegó al análisis de la FNE hace más de un mes

La alianza se impuso un plazo en diciembre del año pasado: la implementación de la asociación público-privada entre ambas empresas en el Salar de Atacama comenzaría a regir “a partir del primero de enero de 2025, o la fecha posterior en que se hubieren cumplido todas las Condiciones Previas”.

Según algunas personas que participan en las negociaciones, difícilmente la alianza comience a operar al primer día del próximo año. Y aunque algunos trabajan para que ello ocurra ojalá en el primer trimestre, otros visualizan que aquello podría retrasarse hacia el segundo semestre, incluso, dada la complejidad del proceso.

Si no avanza con celeridad, el negocio podría incluso correr riesgo. El acuerdo establece que cualquiera de los socios podría terminar la alianza “si el cierre no ha ocurrido antes del 31 de diciembre de 2025, salvo que el retraso en el cierre fuere consecuencia del dolo o culpa de esa parte”, dice el acuerdo.

En todo caso, el acuerdo del 31 de mayo entrega luces sobre aquellos plazos y el margen de cumplimiento. Por ejemplo, SQM sostenía que antes del 1 de enero debían estar vigentes contratos relevantes con proveedores y clientes. Sin embargo la fecha de cierre, que determinará el inicio efectivo de la asociación, no está prefijada.

Sí establecen que la celebración de las juntas de accionistas para la fusión de las dos filiales relevantes, SQM Salar y Minera Tarar, de Codelco, la suscripción del pacto de accionistas, la compraventa de activos de Maricunga, entre otras materias, se realizará al mediodía, en las oficinas de Carey, el quinto día hábil siguiente a que se hayan cumplido las últimas condiciones previas al cierre, “pero en ningún caso antes del 1 de enero de 2025″.

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