CMF defiende acuerdo entre SQM y Codelco ante reclamo de Tianqi

El Consejo de Defensa del Estado (CDE), en representación de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ha solicitado a la Corte de Apelaciones de Santiago que rechace el reclamo de ilegalidad presentado por Inversiones TLC SpA, empresa vinculada a Tianqi Lithium, para frenar el acuerdo entre SQM y Codelco por considerarlo «ilegal» e «improcedente». Este acuerdo implica la fusión de filiales de ambas compañías para crear una nueva entidad en el negocio del litio.

CMF actúa dentro del marco legal

El CDE sostiene que la CMF ha actuado dentro del marco legal al rechazar la solicitud de Tianqi de convocar una junta extraordinaria de accionistas para discutir el acuerdo con Codelco. Según la CMF, la operación no constituye una «enajenación de activos ni de acciones» y, por lo tanto, no requiere la aprobación de los accionistas en una junta extraordinaria.

El CDE defiende la actuación de la CMF

En su escrito, el CDE afirma que la CMF ha cumplido íntegramente su función pública y ha resguardado los intereses de los accionistas, el interés social y el mercado. El CDE rechaza el reclamo de Tianqi y sostiene que la «mera voluntad de un accionista» no constituye una obligación para la CMF.

La petición de Tianqi es ilegal e improcedente

El CDE argumenta que la petición de Tianqi es ilegal e improcedente, ya que los jueces solo pueden evaluar la legalidad del acto impugnado y no reemplazar la decisión de la Administración. Además, el CDE considera que la asociación entre SQM y Codelco no implica una venta de activos y resalta que el acuerdo no afectará la influencia de Tianqi en SQM.

El caso es de gran interés debido a la importancia del litio

Este caso es de gran interés debido a la importancia del litio en la economía y su rol estratégico a nivel mundial. Tianqi ha tratado de frenar el acuerdo entre SQM y Codelco argumentando que podría afectar su posición dentro de la empresa. La decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago determinará si el acuerdo puede avanzar sin convocar una junta extraordinaria de accionistas o si será revisado y sometido a votación.

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