Bonos y beneficios para cesantes: ¿Qué puedes recibir y cómo solicitarlos?

Las personas que han terminado su relación laboral y se encuentran sin trabajo, ya sea por despido o por renuncia voluntaria, pueden acceder a una serie de bonos y beneficios monetarios. Estos bonos y beneficios son otorgados por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y están destinados únicamente a las personas que se encuentran cesantes. Cabe mencionar que los que estén afiliados a la AFC, generan ahorros que se depositan en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC).

Estos ahorros, que se acumulan durante la vida laboral de la persona, pueden ser retirados cuando se encuentre cesante, ya que la mayoría de estos bonos y beneficios pueden ser cobrados solamente con algún documento que acredite que la persona está sin trabajo.

¿Qué bonos pueden recibir los cesantes?

Seguro de Cesantía

El Seguro de Cesantía es un instrumento de la AFC que protege a aquellas personas que pierden su trabajo o que deciden voluntariamente renunciar a sus labores, otorgándoles sus ahorros, como también prestaciones de salud, sociales y previsionales.

Entre los requisitos para recibirlo, está el contar con un mínimo de 10 cotizaciones (en caso de haber tenido contrato indefinido o si se desempeñó el cargo de trabajador o trabajadora de casa particular) o al menos cinco si es que la persona tuvo uno o más empleadores.

Para poder solicitar el Seguro de Cesantía es necesario realizar la solicitud a través de la sucursal virtual de la AFC, pero también se puede hacer de manera presencial en una de sus sucursales.

Fondo de Cesantía Solidario

El Fondo de Cesantía Solidario, es una alternativa cuando las personas sin trabajo agotan su Seguro de Cesantía o los ahorros alojados en su CIC. Entre los requisitos para recibir este aporte está estar cesante al momento de la solicitud, tener 10 cotizaciones pagadas en el FCS en los 24 meses anteriores al despido, entre otros requisitos.

Además, es importante tener en cuenta que una persona puede recibir el Fondo de Cesantía Solidario hasta 10 veces en cinco años.

Indemnización por término de contrato

Los cesantes pueden cobrar una indemnización por término de contrato que complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicios y a la cobertura del Seguro de Cesantía.

Se puede cobrar en la AFP, presentando los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo (finiquito o cualquier otro papel que acredite el fin de la relación laboral con el empleador).

Subsidio de Cesantía

Las y los cesantes que no cumplan con los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía, podrán recibir el Subsidio de Cesantía y es pagado por las cajas de compensación o el Instituto de Previsión Social (IPS).

Se entrega por un máximo de 360 días y permite al beneficiario del subsidio recibir la Asignación Familiar y/o maternal por las cargas familiares, la Asignación por muerte, además de derecho a asistencia médica gratuita.

Asignación Familiar

A pesar de no ser un beneficio destinado específicamente a los cesantes, las personas que se encuentran sin trabajo tienen la posibilidad de cobrarlo, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.

La Superintendencia de Seguridad Social, precisó que aquellos que estén recibiendo el Seguro de Cesantía y las prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario, podrán continuar cobrando la Asignación Familiar que hayan estado percibiendo a la fecha de quedar sin trabajo.

Simula tu finiquito

La plataforma de recursos humanos Buk dispone de un simulador de finiquito en el que puedes calcular el monto que podrías recibir al terminar tu relación laboral. Para utilizar este portal y conocer de cuánto sería el pago que podrías recibir, debes seguir los pasos ingresando a través del enlace proporcionado.

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