«Alternativas para cobrar el Seguro de Cesantía sin finiquito»

En caso de quedar cesante y no contar con el finiquito, documento necesario para cobrar el Seguro de Cesantía, existen otras alternativas que te permitirán acceder a este beneficio. A continuación, te mostramos los documentos que puedes presentar para solicitar el seguro.

¿Qué hacer si no tengo finiquito?

El finiquito es el documento más común para cobrar el Seguro de Cesantía, sin embargo, existen otras opciones válidas. A continuación, te presentamos las alternativas:

Cartas:

  • Despido: emitida y firmada por el empleador.
  • Comprobante de carta de despido: emitido por la Dirección del Trabajo.
  • Renuncia: firmada por ti y ratificada ante un ministro de fe.
  • Mutuo acuerdo: firmada por ti y el empleador, y ratificada ante un ministro de fe.
  • Autodespido o despido indirecto: firmada por ti.

Actas:

  • Avenimiento: firmada por el empleador, tú y un juez.
  • Comparecencia o conciliación judicial: firmada por el empleador, tú y un juez.

Contratos:

  • Menor a 30 días: firmado por ti y el empleador.
  • De trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios: firmado por ti.

Otros documentos:

  • Certificado de término de relación laboral de la Inspección del Trabajo.
  • Declaración jurada electrónica de la Dirección del Trabajo (con firma electrónica tuya y del Inspector del Trabajo).
  • Comunicación de término de relación laboral por quiebra del empleador (firmada por el liquidador).
  • Conciliación ante la Dirección del Trabajo (firmada por ti y el empleador, con firma digital mediante Clave Única del Estado).
  • Sentencia judicial (firmada por un juez, con certificado de ejecutoría).
  • Demanda laboral por despido injustificado, indebido o improcedente.

¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía?

Para cobrar el Seguro de Cesantía, sigue estos pasos:

  • Solicita el cobro del Seguro de Cesantía en la AFC: Puedes hacerlo online o presencialmente.
  • Presenta la documentación requerida.
  • Espera la aprobación de tu solicitud.

Recuerda:

  • Tienes 12 meses para cobrar el Seguro de Cesantía desde la fecha de término de la relación laboral.
  • Puedes utilizar el Seguro de Cesantía para financiar tu búsqueda de empleo, iniciar un emprendimiento o cubrir gastos básicos mientras encuentras un nuevo trabajo.
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