El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) es una ayuda económica para trabajadoras dependientes o independientes con edades entre los 25 y los 59 años, que pertenezcan a sectores socioeconómicos vulnerabes.
Este beneficio se puede conseguir una sola vez, pero se recibe durante 4 años consecutivos. Quienes desean postularse pueden hacerlo en cualquier momento del año.
Modalidades de pago del Bono al Trabajo de la Mujer
Cuando se aprueba el aporte económico, el pago puede proceder en dos modalidades, las cuales quedan a elección de la persona:
- Pago anual: Se realiza una vez al año, de acuerdo a las rentas percibidas durante el año anterior, es decir, desde enero hasta diciembre. Además, por su fórmula de cálculo, no está sujeto a la devolución de dinero. El pago de la renta bruta anual es inferior a $7.278.446.
- Pago mensual: Está sujeto a la devolución del dinero y el primer pago se realiza cuatro meses después de la fecha de postulación, el último día hábil de cada mes, específicamente. El pago de la renta bruta mensual es inferior a $606.537.
Además, en el caso del pago mensual, se realiza con tres meses de desfase, por ejemplo, en diciembre se paga el beneficio en base a las rentas percibidas en septiembre, y sólo se cancela hasta el 75% del beneficio. A partir del cuarto año recibiendo el beneficio, el porcentaje disminuye al 50% y el resto se entrega en el pago anual.
¿Cómo postulo al Bono al Trabajo de la Mujer?
La postulación se realiza con tu clave única por medio del SENCE en este enlace.
Antes de ingresar a la página, debes asegurarte de cumplir con los siguientes requisitos:
Para postular:
- La edad debe estar comprendida entre los 25 años y 59 años con 11 meses.
- Ser trabajadora dependiente o independiente.
- Formar parte del 40% de las familias más vulnerables de la población (Registro Social de Hogares).
Para ser beneficiaria
- Escoger entre la modalidad de pago anual o mensual.
- Tener cotizaciones al día.
- No trabajar en una institución del Estado (incluye municipios) o una empresa subsidiada.
- No ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado. En este punto, eres apta para recibir el pago.
- En caso de ser trabajadora independiente, también debes emitir boletas de honorarios y tramitar la Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos.
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Fuente: Meganoticias
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