Desde el 1 de abril comenzó el proceso de Declaración de Renta 2025, etapa fundamental para millones de contribuyentes que esperan recibir su devolución de impuestos. El Servicio de Impuestos Internos (SII) ya publicó el calendario oficial de pagos, el cual varía según la fecha en que se realice el trámite.
Es importante tener en cuenta que la devolución puede verse afectada si la declaración presenta errores, si existe algún tipo de deuda o si el proceso es rechazado o retenido por el SII.
¿Quiénes están obligados a declarar renta en 2025?
El SII establece criterios específicos para determinar qué contribuyentes deben realizar la declaración:
- Personas con ingresos anuales superiores a $10.900.000, salvo que provengan de un solo empleador.
- Trabajadores que tuvieron más de un pagador durante el año.
- Quienes trabajaron a honorarios y desean acceder a la cobertura previsional parcial.
- Personas que recibieron el Préstamo Solidario en 2020 o 2021 y deben pagar cuotas.
- Quienes iniciaron un emprendimiento en 2024 y generaron ingresos.
- Personas jurídicas o empresas, ya que deben declarar sin excepción.

También pueden presentar declaración quienes, sin estar obligados, desean acceder a beneficios tributarios como la rebaja por intereses hipotecarios o el crédito por gastos en educación.
La fecha límite para enviar la declaración es el 9 de mayo de 2025, pero hacerlo con anticipación permite recibir la devolución en un plazo más breve.
Calendario oficial de devoluciones de impuestos 2025
El SII definió el siguiente cronograma de pagos, dependiendo de cuándo se envíe la declaración:
- Del 1 al 8 de abril: la devolución se realizará el viernes 25 de abril.
- Del 9 al 21 de abril: el pago será el miércoles 14 de mayo.
- Del 22 al 28 de abril: recibirán el dinero el viernes 23 de mayo.
- Del 29 de abril al 9 de mayo: el pago se realizará el viernes 30 de mayo.
El cumplimiento del plazo y la correcta digitación de los datos son esenciales para recibir el pago sin inconvenientes.
¿Por qué podrían retener tu devolución?
Aunque la declaración sea aceptada, el SII puede retener total o parcialmente la devolución de impuestos por los siguientes motivos:
- Deuda por pensión de alimentos.
- Créditos universitarios pendientes, como el CAE o el Fondo Solidario.
- Retenciones por subsidios del SENCE.
- Órdenes de retención judicial, incluidas previsionales.
- Inclusión en el registro de evasores del transporte público.
- Deudas con instituciones de salud.
Adicionalmente, errores al ingresar los datos bancarios pueden impedir la transferencia. Esto incluye cuentas mal digitadas, no ser titular de la cuenta informada o que la cuenta esté inactiva.
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