En la Cuenta Pública realizada el 1 de junio, el Presidente de la República de Chile, Gabriel Boric, anunció una serie de medidas entre las que se incluye un pago extraordinario del Bono de Invierno. Esta decisión, materializada en un proyecto de ley firmado recientemente por el Mandatario, busca incrementar el beneficio y proporcionar un alivio financiero a los beneficiarios que ya han recibido este aporte en mayo.
¿Cuánto recibirán los beneficiarios?
Las personas que ya han recibido el Bono de Invierno 2023 podrán obtener un segundo pago. Este pretende ser entregado en junio, una vez finalizado el trámite legislativo de la iniciativa. En este contexto, el monto ascendería a $60.000, permitiendo alcanzar un total de casi $135.000 entre las dos entregas.
«Confío en que este proyecto va a ser tramitado con rapidez por el Congreso, y yo creo que nadie se podría oponer a algo de estas características, que va en directa ayuda a las personas mayores», afirmó Boric.
Requisitos para el Bono de Invierno
El Bono de Invierno está dirigido a las personas que cumplan con las siguientes condiciones:
- Tener 65 años de edad cumplidos al 1 de mayo de 2023.
- Recibir una pensión inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez vigente para mayores de 75 años ($201.677, sin incluir el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o Pensión Garantizada Universal (PGU), si lo hubiere).
Además, se requiere que el beneficiario potencial sea pensionado de alguna de las siguientes entidades:
- Instituto de Previsión Social.
- Instituto de Seguridad Laboral.
- Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
- Mutualidades de Empleadores.
- Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que estén percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
- Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que estén recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
- Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tengan derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
- Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, estén recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
Este beneficio de invierno es una importante ayuda para los pensionados en el país en medio de la temporada de bajas temperaturas.
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